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Decreto 1041 del 21 de junio de 2022 extiende hasta el año 2023 la facultad de los proponentes de acreditar el mejor indicador financiero y organizacional de los últimos tres (3) años

Se extiende para el año 2023, la facultad de los proponentes de acreditar el mejor indicador financiero y organizacional de los últimos tres (3) años.

Es un registro de creación legal en el cual se deben inscribir todas las personas naturales o jurídicas nacionales y las extranjeras domiciliadas o con sucursal en Colombia, que aspiren a celebrar contratos con entidades estatales. En el RUP reposa la información relacionada con la experiencia probable, capacidad jurídica, financiera y de organización del proponente y están clasificados de acuerdo con los contratos que aspiren a celebrar con el Estado.  

En aquellos eventos en que el proponente no tenga la antigüedad suficiente para el reporte de información financiera, podrá acreditar dicha información desde su primer cierre fiscal.

Quien haya tenido inscrita información sobre su capacidad financiera y organizacional de los años 2020 y 2021, no debe presentar para el año 2023 dicha información, pues la misma ya reposa en las Cámaras de Comercio. Esta conservará su firmeza.

Lea acá el Decreto

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