Oriente Comercial CCOA

La Cámara de Comercio del Oriente Antiqueño implementa el Derecho de Petición Verbal

Dando cumplimiento al Decreto 1166 de 2016 por medio del cual se adicionó un capítulo al Decreto 1069 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho, relacionado con la presentación, tratamiento y radicación de las peticiones presentadas verbalmente, la Cámara de Comercio del Oriente Antioqueño ha implementado desde el mes de enero este mecanismo con el cual cualquier ciudadano podrá hacer uso de este derecho, de acuerdo con las adopciones realizadas por la Entidad.


La solicitud verbal puede presentarse de manera presencial en cualquiera de las sedes de la Entidad ubicadas en Guatapé, La Ceja,Rionegro y Sonsón . También lo podrá hacer telefónicamente comunicandose al 5312514, extensión 2005, o mediante cualquier otro medio que cumpla con las condiciones de presentación verbal.


El usuario podrá presentar su petición verbal en cualquier horario del día, incluso por fuera del horario laboral comunicándose a la línea telefónica. Para facilitar la gestión de la respuesta, deberá indicar en la grabación de la petición nombre y apellidos completos, tipo y número de identificación, la dirección física y de correo electrónico en la que recibirá la correspondencia o notificación -si se encuentra registrado en cámara de comercio, es obligación indicar siempre correo electrónico-.


Es importante tener en cuenta que las peticiones relacionadas con las radicaciones de tramites sujetos a registro, como inscripción de actas, inscripción de documentos de constitución, reformas, tramite de matrícula, la inscripción, renovación o actualización de proponentes, y demás tramites registrales se exceptúan de ser recibidas verbalmente y deben ser presentados por escrito de manera presencial o virtual, con los formularios o formatos dispuestos para ello.


Las solicitudes presentadas en otra lengua nativa o dialecto oficial de Colombia, serán grabadas previa autorización del peticionario y posteriormente traducidas para su respuesta en los términos de ley.


Los tiempos de respuesta para atender estas solicitudes son los mismos establecidos en la Ley 1755 de 2015, el cual regula el Derecho de Petición. De esta manera, las fechas de respuesta para las peticiones verbales a la Cámara de Comercio del Oriente Antiqueño, son las siguientes: 15 días hábiles para aquellas de interés particular o general, 10 días hábiles para peticiones de documentos o solicitudes de información, 30 días hábiles para solicitudes de consulta en relación con la materia a cargo de la Entidad, y 10 días hábiles para solicitud de documentos que reposen en los expedientes de la Entidad.

Ir al contenido