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Los establecimientos de comidas y bebidas deben exhibir sus precios

Los establecimientos de comidas y/o bebidas deben indicar al consumidor de manera pública y visible el precio de sus productos. 

Para evitar la propagación del Covid-19, los establecimientos dedicados a la venta de comidas y bebidas migraron sus menú a formatos digitales para entregar sus productos al consumidor final. Sin embargo, la pandemia está siendo controlada por las autoridades sanitarias y nuevamente estos establecimientos deben indicar al consumidor de manera pública y visible el precio de sus productos. 

El uso de cartas o menús tanto de manera física como digital deben ser entregados al cliente para que este adopte decisiones de consumo razonables (según la Ley 1480 de 2011 del Estatuto del Consumidor). Esta Ley establece que los proveedores están obligados a informar en pesos colombianos el precio de venta al público. Deben incluir todos los impuestos y costos adicionales de los productos. También especifica que esta información debe estar visible al consumidor pues éste “solo estará obligado a pagar el precio anunciado”. 

Los establecimientos pueden usar medios virtuales para informar los precios, por ejemplo con el código QR (Quick Responde Code); sin que estos reemplacen la publicación visible de los precios. Así, hoy nuevamente los medios virtuales representan una alternativa para informar la carta de los lugares dedicados al expendio de comidas y/o bebidas, y cualquier diferencia entre el menú digital y el físico deberá ser tenida en cuenta a favor del consumidor. Cuando se usan estos sistemas, los establecimientos deben garantizar: conectividad a los consumidores e información clara, asequible, completa, veraz y verificable.

Por lo anterior, la Superintendencia de Industria y Comercio, en su rol de Autoridad Nacional de Protección al Consumidor (Conmina) es la encargada de verificar y llevar a cabo el cumplimiento de la normativa y, de ser necesario, realizar sanciones bajo las consignadas en el Artículo 61 de la Ley 1480 de 2011. 

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